Licencia de exhumación de cadáveres
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Trámite
PresencialDependencia:
Inspección municipal
Autorización para extraer cadáveres, restos humanos y restos óseos del lugar de inhumación, previa orden judicial o administrativa para los efectos funerarios o legales una vez se haya cumplido el tiempo mínimo de permanencia establecido por la Ley.
Ciudadanos
Extranjeros
Funcionarios
Empresas
Licencias
Dirección de dependencia:
Dirección: Calle 6 con carrera 8, Alcaldía Municipal de Zipaquirá
Teléfono: (57+1) 5939150 Ext 150.
Hora de atención:
- Lunes a jueves 7:30 am. a 4:30 pm.
- Viernes de 7:30 am. a 3:30 pm.
Responsable: Inspección municipal
Tiempo de respuesta: 1 Día(s) - hábil(es)
1 - Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el trámite
- Solicitud escrita de la exhumación : 1 Copia(s), 1 Original(es), solicitud dirigida al Inspector Municipal de Policía de turno
- Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s) (Ampliada al 150%) del solicitante
- Registro de defunción o licencia de inhumación: 1 Original(es)
En caso de cadáveres no identificados y/o cuando no se haya cumplido con el tiempo mínimo de permanencia
- Orden judicial:1 Original(es)
En caso que el fallecido sea mayor de 7 años
- Haber permanecido cuatro (4) años a partir de la fecha de inhumación establecida en los registros del cementerio
En caso que el fallecido sea menor de 7 años
- Haber permanecido tres (3) años a partir de la fecha de inhumación establecida en los registros del cementerio